jueves, 28 de noviembre de 2013

Cómo conseguir una indemnización en un accidente de tráfico?

   
Aquí va mi primera entrada de la sección jurídica, en la que intentaré ayudaros dándoos información útil sobre temas legales. Podéis preguntarme lo que queráis en comentarios, intentaré responder lo más rápidamente posible!



Cómo conseguir una indemnización en un accidente de tráfico?


Primero.- Dé parte a su seguro y conserve toda la documentación relacionada con el accidente: parte amistoso, informe de primera asistencia hospitalaria, informes cada vez que vaya al médico e informe de rehabilitación, así como todos los gastos que el accidente le haya supuesto: taxis, medicinas… El parte amistoso debe rellenarlo con la otra parte, y consignar si es posible la causa (si es culpa del otro conductor o nuestra); eso posibilitará un acuerdo extrajudicial. Si no hay acuerdo entre los conductores, al menos se han de consignar los datos de ambos y, fundamental, el de sus compañías de seguro.


Segundo.- Tenga siempre en cuenta los plazos: Tiene 6 MESES para presentar denuncia (en el caso de que haya lesiones) y/o UN AÑO para presentar demanda civil. Tome la fecha del accidente como fecha de inicio del plazo, para no tener problemas, si bien en el caso de lesiones, la fecha real desde la que empieza a contarse el plazo es desde la estabilización de las lesiones.

Tercero.- Nunca acepte ninguna indemnización ni firme ningún documento de renuncia a acciones y/o cantidades sin consultar un abogado. Si es un peatón, tendrá que localizar a un abogado experto en accidentes de tráfico. Si conducía su vehículo, generalmente su seguro incluye cobertura jurídica, pero debe saber que tiene derecho a elegir al abogado de su elección. La presencia del Abogado en estos casos es fundamental, pues para calcular la indemnización existen muchos factores a tener en cuenta (diferenciar días de hospitalización, de baja laboral, de simple duración de lesiones a la hora de aplicar el baremo; factores de corrección que aumentan la indemnización; puntuación variable en las secuelas…), y necesita asesoramiento experto a la hora de pactar porque siempre le ofrecerán una indemnización a la baja.

Cuarto.- Cuando se hayan estabilizado sus lesiones (última asistencia médica, último día de rehabilitación…) debe conseguir un informe médico donde se establezca, al menos, las secuelas que le han quedado: cicatrices, falta de movilidad, cervicalgia…

Quinto.- En el caso de lesiones, será reconocido por un médico de su compañía o de la contraria y, además, por el Médico Forense del Juzgado. Ese día debe llevar toda la documentación médica relacionada con el accidente (original) y explicarle bien al médico las consecuencias de su accidente (mareos, dolor de cabeza, dolor cervical… cualquier molestia es importante pues puede determinar la apreciación de una secuela).

Sexto.- Si se ha practicado atestado, debe conseguirlo por sí solo o a través de su abogado. En el caso de lesiones, ese trámite se realiza por el Juzgado.

Séptimo.- Si la culpa es clara de la otra parte (ya sea porque así se señala en el atestado, o porque se consignó así en el parte amistoso), no suele llegarse a juicio: todo queda en una negociación extrajudicial entre su abogado y el abogado contrario. En caso contrario, en el procedimiento judicial se ha de aportar toda la documentación y, de ser posible, testigos de los hechos, cuanto más imparciales mejor.

Octavo.- Si quiere hacerse una idea de cuánto cobrará, puede consultar el baremo de tráfico, que se publica anualmente durante el mes de enero en el BOE (para el 2013: http://www.boe.es/boe/dias/2013/01/30/pdfs/BOE-A-2013-945.pdf) y para la valoración de las secuelas, el Real Decreto Legislativo 8/2004:

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